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En América y Europa se lleva utilizando desde hace décadas, con unos resultados muy positivos para las personas que acuden a ella. En España, aunque en materia familiar ya se lleva utilizando desde hace años, en materia civil y mercantil no se reguló hasta el año 2012 en la Ley 5/2012 de 6 de Junio de Mediación en Asuntos Civiles y Mercantiles.
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La Mediación aporta un importante número de beneficios a las partes implicadas en conflicto, entre las que encontramos las siguientes:
Uno de los principales beneficios radica en que, son los propios implicados en el conflicto quienes tienen la herramienta de crear un acuerdo que se ajuste a sus necesidades.
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¿En qué casos la mediación familiar es legalmente obligatoria?, ¿Cuándo puede ser voluntaria? Obligatoria: La ley 19.968 establece que, si una persona quiere demandar por Régimen de Pensión Alimenticia (Alimentos), Régimen de Relación Directa y Regular (Visitas) y/o Cuidado Personal (Tuición), necesariamente deberá intentar un proceso de Mediación Familiar.
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La mediación familiar es un sistema de resolución de conflictos a que llegan las partes, ayudadas por un tercero imparcial llamado mediador familiar. El mediador los ayuda a obtener una solución que surja de ellos mismos, a través de sesiones realizadas fuera del tribunal, en un ambiente que favorece el entendimiento.